martes, diciembre 10, 2024
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Nuevo Código Penal dejará en completa indefensión a mujeres víctimas de violencia

 Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- De acuerdo a la Coalición Contra la Impunidad, las nuevas figuras penales y la disminución de delitos por violencia planteados en el nuevo Código Penal dejará en completa indefensión a mujeres víctimas de violencia.

El Congreso Nacional mediante una sesión virtual realizada el nueve de mayo, aprobó una ampliación de 45 días más, la entrada en vigencia del nuevo Código Penal de Honduras, concretada para el próximo 25 de junio.

De acuerdo a los parlamentarios del oficialismo, los próximos 45 días son suficientes para capacitar operadores de justicia, jueces, fiscales y magistrados.

Incapaces operadores de justicia para aplicar nuevo Código

Por lo tanto, la abogada Juny Choi, de la Coalición, expresó “existen nuevas figuras penales, disminución de penas en algunos delitos por violencia contra la mujer y existe una falta de preparación en los operadores de justicia que no es adecuada para conocer de esos casos, porque no se les ha formado académicamente para conocer con el nuevo Código, esto va a dejar en completa indefensión a mujeres que están pasando por violencia doméstica.” 

Además la conocedora en leyes, agregó, “que el nuevo Código Penal al aplicarlo puede causar confusión en los operadores de justicia por la nuevas figuras delictivas, porque hay figuras que se parecen y otras nuevas, la relación de como valorar estas puede causar bastantes conflictos, tanto en los fiscales en determinar que delitos se está cometiendo para presentar un requerimiento fiscal”.

Comparación de los Delitos Sexuales en el Código Penal de 1983 y el nuevo Código Penal, en el cual se pueden ver la significante disminución en las penas por los siguientes delitos.

Código Penal 1983

nuevo Código Penal

Art.142- Estupro de seis a ocho años de reclusión.

 

Art.254- Estupro de seis meses a un año de reclusión.

Art. 140- Violación de diez a 15 años de reclusión.

Art. 249- Violación de nueve a 13 años de reclusión.

Art.147-A- Hostigamiento sexual de tres a seis años de reclusión.

 

Art.256- Hostigamiento sexual de uno a dos años de reclusión.

Art.147- A- Hostigamiento sexual a niños o niñas la pena será de 3 a 6 años, incrementada en un tercio.

Art.256- Excluye el hostigamiento a niñas o niños no hay pena.

Art.147-C- Hostigamiento sexual utilizando medios electrónicos o tecnología de tres a seis años de reclusión.

Art.256- No se encuentra tipificada no hay pena.

Art.148- Delito de proxenetismo de seis a 10 años de reclusión. Y una multa de 100 a 200 salarios mínimos.

 Art.258- Explotación sexual De cinco a ocho años de reclusión y una multa de 100 a 500 días.
 Art.149-D- Pornografía infantil de 10 a 15 años de cárcel y multa de 200 a 300 salarios mínimos.  Art.261 Elaboración y utilización de pornografía infantil pena de cuatro a seis  años y multa 100 a 500 días.

 

De igual forma está reflejada la disminución de penas en la siguiente comparación de los delitos Contra las Relaciones Familiares en el Código Penal de 1983 y el nuevo Código Penal.

 

Código Penal 1983 nuevo Código Penal

Art.171- Bigamia de dos  a cinco años de reclusión-

Art.278- Bigamia de uno a tres años de reclusión.

Art.179-A- Violencia intrafamiliar De uno a tres años de reclusión.

Art.289- Maltrato Familiar de seis  meses a un año de prisión.

Art.172- Celebración de matrimonio invalido de uno a cuatro  años de reclusión.

Art.279- Celebración de matrimonio invalido de seis meses a un año o multa de 150 a 300 días.

Art.173- Autorización de matrimonios prohibidos multa de L50,000.00 a 100,000.00, inhabilitación absoluta de cuatro a seis años.

Art.280 Autorización de matrimonio invalido. penas de prestación de servicios públicos de ocho meses a un año.

Art.177- Negación de asistencia familiar de uno a tres años de reclusión.

Art.288- Incumplimiento del deber de asistencia y sustento. Prestación de servicios de seis a 12 meses o multa 180 a 360 días.

 

Las nuevas figuras delictivas que se conocen en el nuevo Código Penal son las siguientes:

Art. 253- Contacto con finalidad sexual con menores por medios electrónicos de uno a tres años de reclusión.

Art. 256- Hostigamiento sexual de uno a dos años de reclusión.

Art. 259- Explotación sexual de menores o personas con discapacidad de seis a ocho años de reclusión.

Art. 265- Provocación sexual de seis meses a dos años de prestación de servicios.

Para el Comité por la Libre Expresión (C-Libre), el delito de agravio religioso del artículo 551.- Ofensas a los sentimientos religiosos que será castigado con la pena de arresto domiciliario de seis a nueve meses o prestación de servicios de utilidad pública o a las víctimas de cinco meses a un año, quien para ofender los sentimientos religiosos de quienes practican o profesan una religión.

Es un delito que criminaliza la libertad de expresión y la protesta social y publica de las mujeres y feministas hondureñas que se manifiestan exigiendo al Estado un cese a los feminicidios y que no queden en la impunidad los altos índices de denuncias, entre otras exigencias por un Estado laico e igualitario.

Más denuncias por violencia

El Poder Judicial (PJ), comunicó que desde el 6 al 23 de abril, habían recibido un total de 121 denuncias remitidas por el Ministerio Publico (MP) y la Dirección Policial de Investigación (DPI) al Juzgado contra la Violencia Doméstica.

“A todas se les ha dado admisión y se les ha asignado número de expediente. En estos casos se dará fecha de audiencia una vez se normalice la actividad laboral en el Poder Judicial”, esto por el estado de emergencia sanitaria por el COVID-19.

Por otro lado ocho denuncias personales fueron interpuestas en el Juzgados en estos ya un receptor se ha movilizado para imponer medidas de seguridad a los denunciados, así mismo notificarles la fecha tentativa en la que se realizará la audiencia a la que deberán presentarse. Siendo el total de denuncias recibidas 129.

Detención por violencia de género

De las 129 denuncias en total que recibió el PJ solo detuvieron 31 agresores en ese despacho judicial, de los cuales dieciséis 16 entraron a audiencia con la parte denunciante, a quienes les fueron impuestas además de las medidas de seguridad, medidas cautelares en algunos de los casos y medidas precautorias en otros.

“El resto de los detenidos en flagrancia no tuvieron audiencia debido a que la otra parte no se presentó, sin embargo, cabe señalar que les fueron impuestas las Medidas de Seguridad”, sostuvieron.

El Movimiento de Mujeres por la Paz Visitación Padilla reveló que más de 31 mil denuncias por violencia intrafamiliar se han interpuesto desde enero del 2020 hasta el 26 de abril.

 

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