sábado, noviembre 9, 2024
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Estado incumple condena internacional y pone en riego a comunidades garífunas

Tela, Atlántida, Honduras(C-Libre):-  Las comunidades garífunas de El Triunfo de la Cruz, en el municipio de Tela, Atlántida y Punta Piedra, en Iriona, departamento de Colón, son víctimas por parte del Estado de Honduras, que se niega a cumplir la sentencia dictada por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, que obliga a las autoridades a establecer medidas para garantizarles su desarrollo comunitario, seguridad en la propiedad colectiva y respeto a sus derechos humanos. 

En el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, el pasado miércoles, nueve de agosto, Organización Fraternal Negra Hondureña (OFRANEH), divulgó un comunicado, en el que responsabiliza al Estado, del incremento de la violencia, la hostilidad y los crímenes perpetrados, contra los líderes y lideresas de las comunidades garífunas.

Para la OFRANEH, esas comunidades están siendo tomadas e intervenidas por políticos, empresarios y grupos criminales que ejercen presión y hostigamiento, para despojarlos de los territorios, sin que las autoridades realicen acciones para evitarlo, pese a la sentencia, a su favor, dictada por la Corte Interamericana, el ocho de octubre del 2015.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Honduras por la violación del derecho a la propiedad colectiva en perjuicio de las comunidades garífunas de Punta Piedra y Triunfo de la Cruz. Y le ordenó, entre otras cosas, demarcar las tierras garífunas y otorgar un título de propiedad colectiva, crear un fondo de desarrollo comunitario e investigar los asesinatos de Jesús Álvarez, Óscar Brega, Jorge Castillo Jiménez, Julio Alberto Morales y Félix Ordóñez Suazo.

Ante los señalamientos de la OFRANEH, en torno al incumpliendo de la sentencia dictada contra el Estado, por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, el Comité por la Libre Expresión, (C-Libre) les recuerda a las autoridades, que Honduras forma parte del sistema interamericano de derechos humanos y que, por lo tanto, los fallos que dicte la Corte Internacional, deben de cumplirse. 

“El fallo de la Corte será definitivo e inapelable”, dice el Artículo 67 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, instrumento jurídico, que también señala en su Artículo 68, que los Estados Partes, se comprometen a cumplir la decisión del tribunal internacional. 

También vale aclarar, que en el Examen Periódico Universal (EPU) del 2015, Honduras aceptó 140 recomendaciones relacionadas con el combate de la impunidad y el acceso a la justicia, el uso excesivo de la fuerza y la protección de las personas defensoras de derechos humanos.

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