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Universidad de Virginia insta al Estado hondureño a liberar inmediatamente a ambientalistas de Guapinol

Charlottesville, Virginia. Conexihon.hn.- Un informe preliminar publicado hoy (31/8/20) por la Clínica Jurídica Internacional de Derechos Humanos de la Universidad de Virginia revela una serie de irregularidades judiciales en un caso en el que se ha encarcelado a ocho reconocidos defensores del medio ambiente en Honduras y aboga por su inmediata liberación.

Los defensores de los ríos Guapinol y San Pedro en la costa norte del país han estado en prisión preventiva durante un año, después de haber sido acusados por la empresa minera Inversiones Los Pinares, relacionado con su participación en un campamento de protesta pacífica que se estableció para proteger las fuentes de agua que nacen en el Parque Nacional de la Montaña de Botaderos de las operaciones de minería de óxido de hierro.

«A fin de rectificar las medidas potencialmente ilegales adoptadas contra los defensores del río Guapinol, el Estado de Honduras debería liberarlos inmediatamente y darles la oportunidad de enfrentar el proceso penal en libertad», dijo Nelson Camilo Sánchez, director de la Clínica Internacional de Derecho de los Derechos Humanos, que encabezó la revisión judicial del caso.

Además, el informe advierte que el caso sigue un patrón de violencia, acoso e intimidación contra los defensores de los derechos humanos en Honduras.

«Nuestra investigación ilustra la tendencia del gobierno a favorecer los intereses económicos por encima de los derechos humanos», dijo el Sr. Sánchez. «La voluntad de atacar la libertad de asociación, expresión y reunión pacífica de los ciudadanos es extremadamente preocupante».

En el informe, que se elaboró durante un año, se señala que el caso se ha visto empañado por una serie de irregularidades judiciales, entre ellas la utilización de jurisdicciones judiciales creadas para conocer de casos de crimen organizado y de alto perfil. Al mismo tiempo, señala que, de acuerdo con el derecho nacional e internacional, la prisión preventiva debe reservarse para circunstancias extremas y debe tratarse como una excepción y no como una regla.

«En este caso, la fiscalía no ha presentado pruebas sólidas que apoyen esta medida extrema, ni ha presentado pruebas que justifiquen la detención prolongada de los líderes comunitarios», dijo el Sr. Sánchez. Señaló además que «el Estado debe asegurar que los fiscales y jueces cumplan con los estándares probatorios requeridos para cada uno de los cargos que enfrentan los defensores».

El informe destaca que el proceso judicial debe realizarse de manera transparente, permitiendo la participación de observadores jurídicos nacionales e internacionales, incluidas las organizaciones de la sociedad civil. También insta al Ministerio Público a que lleve a cabo una investigación exhaustiva, imparcial y transparente de las graves heridas causadas a uno de los miembros del campamento pacífico que se estableció en la comunidad de Guapinol, cuando docenas de guardias armados contratados por la empresa minera llegó al campamento el 7 de septiembre de 2018.

«El Estado hondureño debe reconocer y proteger el papel fundamental de los defensores de los derechos humanos y respetar las normas internacionales relativas a la participación de las comunidades locales en los procesos de adopción de decisiones sobre el otorgamiento de concesiones o la ejecución de proyectos extractivos que las afecten».

A pesar de los años de denuncia del proyecto minero y de un cabildo abierto vinculante, celebrada en noviembre de 2019 que rechazó abrumadoramente su instalación, las autoridades locales y nacionales no han resuelto impedir que el proyecto siga adelante.

“El Estado hondureño debe garantizar que no se hagan campañas de difamación en contra de las personas defensoras de derechos humanos,” dijo Señor Sánchez, enfatizando la responsabilidad de proteger al mismo tiempo la integridad física de los defensores y su derecho a la protesta.

Por último, el informe se insta a la judicatura a que responda y notifique, de conformidad con los plazos estipulados en el Código de Procesal Penal, las acciones emprendidas por los defensores y otras partes pertinentes, incluido el derecho a iniciar, apelar u objetar decisiones adversas, especialmente cuando están detenidos.

En una decisión que tardó nueve meses en tomarse, hace dos semanas, una Corte de Apelaciones emitió un desconcertante fallo sobre la aplicación de prisión preventiva en el caso que refrendó un expediente totalmente diferente. Los defensores encarcelados están esperando aun que se notifique su próxima audiencia para pedir que se les cambien las medidas de prisión preventiva.

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