Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- En menos de una semana fueron publicados en el Diario Oficial La Gaceta los dos decretos legislativos que “blindan” a los diputados del Congreso Nacional (CN) y reabren las “arcas” el Fondo Departamental, tras ser aprobados en la sesión del pasado miércoles 16 de octubre.
Lo que más de 92 diputados, de los 128 que conforman el pleno del Congreso Nacional, consideró “justo fue establecer un fuero legislativo”, según el comunicado divulgado por el CN.
La reforma a la Ley Orgánica del Congreso Nacional y el artículo 10-A del decreto 363-2013 que contiene la Ley Especial Para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para Proyectos de Orden Social, Comunitarios y Programas Sociales, presentado por el diputado nacionalista, Antonio Rivera Callejas.
El agregado especifica que, “durante se encuentre vigente la presente auditoria e investigación especial y hasta que el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) no emita una resolución definitiva, queda en suspenso cualquier otro tipo de acción, independientemente de la fase en que se encuentre, en relación a la deducción de cualquier tipo de responsabilidad sobre los fondos que están siendo auditados. La Constancia de Solvencia o Finiquito extendida por el TSC exime de cualquier tipo de responsabilidad de naturaleza civil, penal o administrativa en relación a las asignaciones presupuestarias auditadas por dicho Tribunal y produce el efecto de cosa juzgada”.
La segunda iniciativa aprobada es la gestión del Fondo Departamental, que señala que los diputados, patronatos, iglesias, juntas de agua, alcaldías, asociaciones comunitarias, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y organizaciones privadas de desarrollo, harán sus liquidaciones únicamente ante el TSC.
Regresa inmunidad parlamentaria
El agregado al decreto especifica que quedan libres de las acciones administrativas o penal, los diputados y servidores públicos para que no sean objeto de investigación por parte del Ministerio Público (MP), de tal forma que solo podrán ser juzgados en el Congreso y rendirán cuentas solo al TSC, volviendo a la inmunidad parlamentaria que había sido anulada en el año 2013.
Los diputados que votaron a favor de los decretos fueron todos los de la bancada del Partido Nacional, y la mayoría del Partido Liberal, cabe destacar que algunos de ellos señalados por actos de corrupción que buscan protegerse de los requerimientos fiscales, además de los partidos de maletín, Democracia Cristiana, Unificación Democrática y Alianza Patriótica, aprobados con un total de 92 votos.
Sin embargo, los diputados de los partidos Libertad y Refundación (Libre) y Pinu-SD y el diputado liberal, Darío Banegas, se opusieron a la aprobación de los decretos inconstitucionales puesto que perpetúan la corrupción.
No se puede investigar a los “diputados corruptos”
Existe una red de diputados Corruptos denunciados por la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), a principios del año 2017, donde aparecen varios funcionarios en su mayoría del partido Nacional que quedarían en impunidad puesto que no podrían seguir siendo investigados.
“La Ley del Fondo Departamental dificultará las investigaciones por malversación de fondos relacionados con el bienestar social, es decir las ayudas que el Estado proporciona para los más necesitados. Entre otras medidas, la Ley introduce nuevos mecanismos que podrían retrasar hasta en siete años el inicio de las investigaciones por el MP”, expresó la MACCIH en un comunicado.
Así mismo, el abogado Odir Fernández del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) denunció en su cuenta de twitter “el Fondo Departamental, es el “Pacto de impunidad versión 2”; antes lo intentaron con la reforma de 2018 a la ley orgánica del presupuesto que fue declarada inconstitucional en 2019”.
Esta da lugar a que los actos de corrupción presentados por el CNA como el Caso Pandora , Arca Abierta y Red de Diputados ya no sean judicializados ni fiscalizados por la Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción del Ministerio Público (UFECIC-MP) y las investigaciones que actualmente se encuentran a cargo de la MACCIH/UFECIC.
En esos actos de corrupción se estableció que una modalidad de malversación de fondos fue ejecutada mediante la tramitación de recursos del Fondo Departamental, cuyas obras no se hicieron, los recursos fueron depositados en cuentas personales y que pese a estas irregularidades tenían finiquitos del TSC, comprobándose que los fondos han sido utilizados de forma poco transparentes.
La única salida para derogar estos decretos sería interponiendo un recurso de inconstitucionalidad establecida en el artículo 184 de la Constitución de la República.