Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- Derechos humanos fundamentales como la libertad de expresión han sido suspendidos en Honduras, medidas desproporcionadas que han alertado a varias organizaciones de derechos humanos internacionales y piden al gobierno que suspenda estas restricciones a la población y que implemente prevenciones rigurosamente necesarias para atender la pandemia del Coronavirus.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH), instó al gobierno a revisar las restricciones establecidas a la libertad de expresión y a la prohibición de la incomunicación, en comunicado oficial, detalla que las restricciones deben ser estrictamente necesarias para combatir la emergencia sanitaria, limitar la libertad de expresión son “medidas desproporcionadas”, que se deben suspender.
Por su parte, Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (RELE-CIDH), escribió en su cuenta de Twitter, “Gobierno de Honduras suspende derechos y garantías constitucionales, entre ellos libertad de expresión, articulo 72 de la Constitución de la Republica, es el tipo de medidas desproporcionada y que afecta el derecho de la población a acceder a información completa sobre el Covid-19, por lo tanto instamos a revisar la medida”
El artículo 72 de la Constitución específica, “es libre la emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión, sin previa censura. Son responsables ante la ley los que abusen de este derecho y aquellos que por medios directos o indirectos restrinjan o impidan la comunicación y circulación de ideas y opiniones”.
De igual forma, el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés), hizo un llamado ayer, a las autoridades hondureñas a suspender inmediatamente las restricciones impuestas contra la libertad de expresión.
Gobiernos deben promover libertad de expresión
Expertos internacionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), también hicieron un llamado a los gobiernos que deben promover y proteger el acceso y la libre circulación de la información durante la pandemia del Coronavirus
“La salud humana no sólo depende del fácil acceso a la atención sanitaria. También depende del acceso a información precisa sobre la naturaleza de las amenazas y los medios para protegerse a sí mismo, a su familia y su comunidad. El derecho a la libertad de expresión, que incluye el derecho a buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo, independientemente de las fronteras, a través de cualquier medio, se aplica a todos, en todas partes”, señala el comunicado.
Por lo tanto, solicitaron a los gobiernos proporcionen información veraz sobre la naturaleza de la amenaza que supone el coronavirus. “Los gobiernos de todo el mundo están obligados, en virtud de las normas de los derechos humanos, a proporcionar información fidedigna en formatos accesibles a todos, prestando especial atención a garantizar el acceso a la información por parte de las personas con acceso limitado a Internet o a aquellas personas en condición de discapacidad a las cuales se les dificulte el acceso”.
Según la CIDH, el derecho de acceso a la información significa que los gobiernos deben hacer esfuerzos excepcionales para proteger el trabajo de los periodistas. “El periodismo cumple una función crucial en un momento de emergencia de salud pública, en particular cuando tiene por objeto informar al público sobre información crítica y monitorear las acciones del gobierno. Instaron a todos los gobiernos a que apliquen firmemente sus leyes de acceso a la información para garantizar que todas las personas, especialmente los periodistas, tengan acceso a la misma”.
Así mismo, enfatizaron que cualquier intento de penalizar la información relativa a la pandemia puede crear desconfianza en la información institucional, retrasar el acceso a información fiable y tener un efecto silenciador en la libertad de expresión.
El comunicado, concluye anunciando que el creciente uso de herramientas de tecnología de vigilancia para rastrear la propagación del coronavirus, para hacer frente a la pandemia, también es crucial que el uso de dichas herramientas sea limitado, tanto en términos de propósito como de tiempo, y que se protejan rigurosamente los derechos individuales a la privacidad, la no discriminación, la protección de las fuentes periodísticas y otras libertades.
Autoridades van actuar contra los medios
El día de ayer (18 de mayo), Juan Orlando Hernández, advirtió en cadena nacional, a los medios de comunicación que “si están haciendo mal las comunicaciones las autoridades van a tener que actuar, no se molesten y si se molestan lo siento mucho, pero nuestro deber es cuidarlos a ustedes, con este nivel de contagio que se puede dar, por favor, guarden los parámetros”.
De acuerdo con la legislación hondureña, específicamente la Ley de Emisión del Pensamiento (vigente desde 1958), en su artículo cuatro expone: «Durante el periodo de estado de sitio, ningún periodista activo, será objeto de extrañamiento ni sufrirá persecusión alguna por sus opiniones».
Por su parte, el Comité por la Libre Expresión (C-Libre), denunció en su alerta 027-2020, que el decreto ejecutivo, no había sido presentado al Congreso Nacional para su conocimiento y apruebe, modifique o impruebe, como lo estipula el artículo 187 de la Constitución de la República hondureña.