lunes, noviembre 18, 2024
InicioNoticiasEl Observador“No hay delito en hecho protagonizado por los diputados Sobeyda Andino y...

“No hay delito en hecho protagonizado por los diputados Sobeyda Andino y Bader Dip”

Falso: “No hay delito en hecho protagonizado por los diputados Sobeyda Andino y Bader Dip”

Personaje Calificado: Jair Meza, Portavoz de la Policía Nacional.

Calificación- FALSO: La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

Tegucigalpa, Honduras. El Observador-COVID-19.- En declaraciones a Radio América, el portavoz de la Policía Nacional, Jair Meza, aseguró que “no existe ningún delito”,  en el hecho protagonizado por los diputados del Partido Liberal, Sobeyda Andino y Bader Dip, quienes fueron detenidos por autoridades policiales la noche del jueves siete de mayo de 2020, por realizar escándalos en vía pública en la colonia Loma Linda Norte de Tegucigalpa.

Meza afirmó que lo cometido por los congresistas son faltas administrativas, por lo que no hay delito, a excepción que se haga una denuncia por daños a terceros, se procederá a una investigación.

Ante la denuncia de disparos, el funcionario policial informó que se realizan investigaciones e inspecciones en la parte técnica y harán la prueba balística para determinar si el arma fue disparada o no en el lugar, calificando hasta el momento la acción solo como una «falta de escándalo público».

Meza subrayó, que los congresistas pueden circular con sus credenciales, siempre y cuando anden trabajando. En referencia a la portación de arma de fuego en este momento de pandemia, el vocero policial aseguró que el arma fue decomisada por el escándalo público realizado.

Ante eso, el portavoz de la Policía Nacional indicó que el congresista será sancionado administrativamente y más el decomiso de la licencia por conducir en estado de ebriedad, por lo que el documento será entregado dentro de seis meses.

Análisis: Suspensión de garantías constitucionales

El portavoz de la Policía Nacional, afirmo que en el caso de los diputados se aplicó Ley de Convivencia Ciudadana. Los diputados fueron detenidos durante tres horas y no 24  como estipula la ley mencionada por Meza.

Días antes de lo ocurrido a los parlamentarios, el policía manifestó que: «Si usted tiene su permiso, guarde su arma, que no tiene validez en este momento de alerta roja y en su momento daremos a conocer cuando pueden usar su permiso autorizado”.

Meza detallo además que las detenciones a los ciudadanos se realizan en el marco de la aplicación del Decreto Ejecutivo PCM 021-2020, emitido el 15 de marzo pasado y que ordena la suspensión de garantías constitucionales, entre ellas la libertad personal, libre expresión, libertad de reunión y asociación, de circulación, inviolabilidad del domicilio y el derecho a la propiedad privada, todo esto como parte del manejo de la emergencia por COVID-19.

De acuerdo a la normativa vigente en Honduras el Código Penal en el TITULO IV: FALTAS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES, en su Artículo 41O.-Será castigado con prisión de diez a treinta días o multa de diez a treinta lempiras: Numeral tres “Quien se embriagare con escándalo o con peligro para la seguridad propia o la de los demás.

Si la embriaguez fuere habitual, el Juez podrá aplicar la medida de seguridad que considere adecuada”.

En referencia a la circulación de los congresistas, el PCM 021-2020, en lo referente a excepciones a la circulación de funcionarios públicos, reza:

“Pueden circular las personas que integran las instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Riesgo (SINAGER), el personal médico y de enfermería, de regulación sanitaria, entes de socorro y emergencia acreditados por su Institución pública o privada, las ambulancias, los miembros de los cuerpos de seguridad y justicia y altos funcionarios del Estado debidamente identificados; Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General y Fiscal Adjunto, EL PRESIDENTE Y JUNTA DIRECTIVA DEL CONGRESO NACIONAL, el Comisionado Nacional de Derechos Humanos o su personal asignado y el personal debidamente autorizado por la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud y otros Altos Funcionarios de las Instituciones Centralizadas y Descentralizadas”.

El análisis de la información apunta a un trato preferencial por parte de la Policía Nacional a los parlamentarios que violentaron el toque de queda y realizaron escándalos en la vía publica con arma de fuego, lo que si conlleva a un delito penal pero a los que solamente les aplicaron penas administrativas

 

Fuetes

www.radioamerica.hn

www.efe.com

https://expedientepublico.org

https://covid19honduras.org

 

 

 

 

 

 

Artículos Relacionados

Últimas Entradas