Copal Abajo, Choluteca (Conexihon).- Un enorme molino de oro se erige a escasos metros de la escuela, la quebrada y el corazón de la comunidad Copal Abajo, en el sureño departamento de Choluteca.
Su instalación ha causado un enorme rechazo de los pobladores que este domingo 18 de febrero en asamblea general dieron un ultimátum para que abandone el predio y retire la maquinaria.
La empresa de capital canadiense, “Águila Dorada” opera sin permisos de ninguna clase de acuerdo con el expediente número 05-2017 del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).
La minera Águila Dorada S.A. de C.V. inició operaciones sin los permisos ambientales y el contrato de mitigación.
En septiembre del año anterior, la comunidad realizó un cabildo abierto coordinado por la alcaldía de Choluteca, en el mismo 371 pobladores censados dieron un no rotundo a la instalación de la minera.
Sin embargo, ignorando las buenas prácticas, las leyes hondureñas y la voluntad expresada por la comunidad en un cabildo abierto la empresa instaló el molino de oro y otros metales preciosos.
“Nosotros nos oponemos totalmente a cualquier minera, no la queremos aquí porque van a contaminar todo, en la comunidad hay una quebrada que apenas tiene agua y la cantidad de agua que se ocupa para lavar oro es demasiado”, lamentó una de las pobladoras en la asamblea.
Las escasas fuentes de agua peligran al estar muy cerca del centro de lavado de oro.
Pese a que el expediente establece claramente que no pueden operar, el 15 de febrero los empresarios canadienses arremetieron contra los pobladores que arribaron a las puertas de la minera.
“Terroristas son ustedes, su gobierno ya nos entregó el permiso y puedo estar aquí”, gritó a los pobladores uno de los norteamericanos, propietarios de la maquinaria. Añadiendo escuetamente que el cabildo abierto es “ilegal”.
Por su parte, Otto Vilchez, comunero de la zona y propietario del terreno donde opera la minera ha sostenido ante los medios de comunicación locales que “está generando empleo en El Copal Abajo y zonas aledañas y, que el trabajo que no es de extracción mineral en la planta de trabajo, sino extraer el preciado metal (oro) de la broza llevada desde El Corpus y para ello ocupa suficiente agua”.
El agua que necesita ha sido mediante lagunas y es usada para la extracción del preciado metal y se recicla varias veces y se está trabajando bajo las normas legales del país, afirmó.
“La empresa empezó a contratar a la gente y también a capacitarlos, hay una situación bastante tensa en la comunidad”, indicó Denia Castillo, de la Red de Abogados defensores de derechos humanos en la zona sur.
En Choluteca, de acuerdo con Centro Hondureño de Promoción para el Desarrollo Comunitario (CEHPRODEC), existen 17 explotaciones mineras metálicas de oro, plata y cobre, que suman un total de 11, 630 hectáreas.
Las concesiones para exploración se sitúan en las comunidades de: Clavo Rico, Guajiniquil, Baldoquin, La Moloncosa, Potosí, Ojo de Agua 1, 2, 3, 4 y 5, Quebracho, Yoloran 1 y 2, San Felipe, Cerro Colorado, El Jocote, Samaria y Maya II.
El informe «No todo lo que brilla es oro», de la organización Brigadas de Paz Internacionales (PBI, por sus siglas en ingles) recuerda que la minería ha ocasionado grandes problemas a poblaciones en Honduras, entre las que destacan: El Proyecto San Martín, ubicado en El Valle de Siria, fue comprado por Goldcorp Inc. en el 2006, y a partir del 2007 inició un proceso de cierre dados los innumerables reclamos por contaminación ambiental y violaciones a los derechos humanos. El Proyecto Mina San Andrés, de Minerales de Occidente S.A, ubicado dentro del Departamento de Copán, está aún en etapa de explotación, registrándose denuncias por derrames de agua contaminada con cianuro desde el 2006; dichas descargas se hacen en las proximidades del río Lara. Palo Ralo es una comunidad del municipio de San Ignacio en el Porvenir (Francisco Morazán) que fue desplazada a un lugar propuesto por la minera y adyacente a este proyecto; en ese nuevo lugar donde les desplazaron no disponen de suficiente agua y no existen condiciones para seguir viviendo.
Cronología del proyecto
• 16 de febrero de 2017 el ingeniero Giovanni Comito residente en Montreal, Canadá y el metalógolo, Edmonst Jean residente en Qurebec, Canadá, quienes aseguran que están de tránsito accidental en la ciudad de Choluteca, le otorgaron poder de representación al abogado Kenneth Adiel Bonilla Osorto, para que pueda ejercer cualquier acción legal a favor de la empresa minera.
• 8 de marzo de 2017, la escritura de constitución de la empresa minera fue autorizada por el notario público en la ciudad de Choluteca, en la misma además de los canadienses se incluye al abogado.
De acuerdo con la escritura la minera cuenta con un capital máximo de 6,000 lempiras, siendo Giovanni Comito el mayor accionista con el 75 por ciento de las mismas, Jean con el 15 por ciento y Bonilla Osorto con el 10 por ciento.
• El 4 de abril de 2017 la Unidad Municipal Ambiental de Choluteca comprueba que en el Plantel de Luis Armando Vílchez, residente de la comunidad de Copal Abajo, se instaló la empresa Águila Dorada S.A. de C.V. que se dedicará a la explotación de la broza, por medio de una pulverizadora y que esta broza será acarreada de los municipios de la región.
• 26 de julio de 2017 el abogado Kenneth Adiel Bonilla Osorto apoderado legal de la Sociedad Águila Dorada S.A. de C.V. solicita la concesión de beneficio y su instalación ante INHGEOMIN.
La solicitud no muestra permisos de uso de aguas, el tipo de material que será utilizado, el diagrama de la planta, procedimientos para el tratamiento de los desechos y la distancia entre la población y las actividades agrícolas.
• El 31 de julio de 2017 habitantes de la comunidad de El Copal Abajo del municipio de Choluteca, se tomaron el acceso a esta comunidad para evitar el ingreso de camiones con tierra o “broza” de mina del municipio de El Corpus, ya que en la zona se pretende hacer el lavado del material para extraer el oro.
Toma de la carretera por pobladores de la comunidad de Copal Abajo, el 31 de julio de 2017. /Fotografía: La Tribuna.
• El 1 de agosto la Secretaría General de INHGEOMIN envía la escasa documentación recibida a las Unidades de Minas, Geología, Ambiente y Seguridad.
• El 4 de agosto el dictamen 33-2017 la Unidad de Ambiente y Seguridad advierte a la empresa que debe abstenerse de realizar cualquier tipo de actividad minera por no contar con licencia ambiental y el contrato de medidas de mitigación.
• El 8 de agosto la Unidad de Minas emite su dictamen, hacen falta más de 15 elementos para otorgar la concesión entre ellos información clave de la misma, detalle de operaciones, detalle general del proceso, características de la trituración, transportación, personal, productos finales entre otros…
• El 17 de agosto de 2017 el INHGEOMIN le otorga conforme a ley, 10 días hábiles a la empresa para cumplir con la información que complemente la solicitud, dicha notificación venció el 10 de octubre del año anterior.
• El 25 de septiembre de 2017 la corporación municipal de Choluteca y la gobernadora departamental certificaron que 371 pobladores, es decir el 100 por ciento de los ciudadanos censados votaron por el «no» a la instalación de la minería en la comunidad, el cabildo tuvo lugar en la escuela Policarpo Bonilla.
• El 30 de octubre de 2017 el patronato de la comunidad de Copal Abajo interpuso un escrito de oposición a la instalación, mismo que se adhirió al expediente de la solicitud.
• El 12 de diciembre del mismo año una solicitud de constancia del registro de la totalidad de las solicitudes concesiones mineras en la comunidad Copal Abajo fue recibida por el Instituto de Minas, en la misma fecha se solicita declarar caducado el trámite para la concesión minera de la empresa Águila Dorada S.A. de C.V. por haber agotado más de diez días de la notificación.
• Un permiso de apertura de negocio fue otorgado por la Municipalidad de Choluteca sin la fecha de entrega, sin embargo, el mismo venció el 31 de diciembre anterior.
• El 4 de enero de 2018 la Secretaría de INHGEOMIN emitió una constancia de notificación vía correo electrónico al apoderado legal de la empresa, para informarle que se admitirá el recurso interpuesto por la comunidad de Copal Abajo.
• El 31 de enero de 2018 el INHGEOMIN confirma que la comunidad Copal Abajo se encuentra libre de concesiones mineras, de acuerdo con el expediente administrativo denominado COPAL ABAJO, con código N° 5, artículo 72 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
• El 18 de febrero de 2018 la asamblea comunitaria de Copal Abajo otorga 60 días para el retiro de la maquinaria por parte de la empresa minera.