sábado, noviembre 16, 2024
InicioNoticiasDDHHLa Corte debe revisar si las leyes son inconstitucionales: Kenia Oliva

La Corte debe revisar si las leyes son inconstitucionales: Kenia Oliva

Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, debería revisar si las leyes que se aprueban son inconstitucionales, limitan los derechos y las garantías, así lo considera  la abogada Kenia Oliva, del Comité por la Libre Expresión (C-Libre).

Refiriéndose a que la Sala de lo Constitucional inadmitió, el recurso que hace dos meses interpuso C-Libre y otros juristas nacionales e internacionales en contra de los articulo 17 y 19 de la Ley de Inteligencia puesto que limita el derecho de acceso a la información pública.

“Están acostumbrados a que el peticionario lleve la afectación del derecho y no a estudiar la jurisprudencia de la doctrina que dice que le corresponde a la sala enviar o pedir informe a la Fiscalía de Protección de la Constitución para que verifique; esto no puede seguir pasando porque entonces no tiene sentido que exista la sala y si no hay quien peticione en todas aquellas leyes y decretos que son inconstitucionales, la sala va estar cómodamente sin revisar lo que está haciendo el poder legislativo en contra de la Constitución de la Republica”, agregó la experta en leyes. 

La Corte emitió un documento el reciente lunes 17 que señala, «inadmitir las garantías de inconstitucionalidad por vía de acción, por razón de contenido y de forma, presentada por los señores juristas (…), por no acreditar el interés directo y personal, e inadmitir la garantía de inconstitucionalidad por vía de acción por razón de contenido y no de forma presentado por Edy Tábora -director de C-libre-, por no acreditar el interés directo, personal y legítimo”.

“En el caso de los ciudadanos la Corte lo que dice es que si bien tiene la legitimación para ser la petición no lograron argumentar cual era la afectación al derecho que estaban alegando, sin embargo dice que C-Libre puede porque según la norma constitucional le permite a las organizaciones de DDHH, presentar recursos aunque la afectación no sea directa a la persona jurídica, pero si a los derechos que defiende esa persona jurídica”, explicó Oliva.

La Corte debe revisar lo inconstitucional

Además dijo, “la Corte en vez de pedir una formalización del recurso o elaborar un previo ante la negación o admisibilidad del recurso pidiendo que se acredite este extremo decide rechazarlo pero este es el único argumento que tiene, la Corte no se va por el fondo de si es inconstitucional o no el recurso”

“La sala cayó en un error porque el hecho de que diga que los ciudadanos no pueden acceder a la información debido a esta ley y sus artículos, eso la sala debería de revisarlo y debieron pedir antes de denegar un recurso por forma es pedir la enmienda de esa forma porque su deber es defender la Constitución y en este caso a los ciudadanos debió pedirles que acreditaran en qué momento se les denegó ese derecho”, subrayó la abogada de C-Libre.

 

Recurso de inconstitucionalidad

Este martes se volvió a presentar el recurso de inconstitucionalidad con la argumentación de que a C-Libre se la ha denegado información en casos de violaciones a los derechos humanos, específicamente en la comunidad Lenca de Reitoca que están en defensa de los recursos naturales de su comunidad ancestral.

La Ley de Inteligencia dice que en caso de violaciones de derechos humanos no se debe argumentar temas de seguridad nacional para denegar información, sin embargo C-Libre tiene investigaciones que se ha denegado información, argumentándose en los artículos 17 o 18 que permite que instituciones como las Fuerzas Armadas puedan violentar informaciones de violaciones a los DDHH.

La ley viola el derecho fundamental de acceso a la información pública establecida en el artículo 72 de la Constitución de la República y el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Los artículos 18 y 19 de la Ley de Inteligencia indican que tanto las actividades, informaciones y documentos de inteligencia tienen carácter de reservados y que quedan exenta de escrutinio de cualquier persona natural u organización.

Artículos Relacionados

Últimas Entradas