Por: Thirzia Galeas
Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- Que “el Estado de Honduras adecúe la legislación penal y civil a los estándares interamericanos sobre libertad de expresión”, expresó este miércoles el Comité por la Libre Expresión (C-Libre) y el Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos en Honduras (CIPRODEH), sobre los delitos contra el honor y la criminalización actual que existe actualmente en la legislación hondureña.
En conferencia de prensa, ambas organizaciones detallaron que al menos 41 procesos penales se han llevado a cabo por delitos contra el honor desde 2003: 13 contra periodistas, 8 políticos partidarios, 3 sindicalistas, 4 defensoras del territorio, 2 defensoras de derechos humanos de las mujeres, 2 víctimas que exigían justicia por un pariente asesinado, y 1 funcionario público.
Para Edy Tábora, director de C-Libre existe preocupación “por la existencia de delitos de injuria, calumnia y difamación, la sola existencia de estos delitos significa la autocensura en temas de corrupción y otros delitos”.
El tema cobra relevancia luego que, el pasado viernes 11 de enero, El Tribunal de Sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ratificara la condena contra el periodista David Romero Ellner, que lo sentencia a 10 años y ocho meses de prisión. Lo anterior no es de carácter conmutable; es decir que no gozan de beneficios de excarcelación.
C-Libre y CIPRODEH recordaron que, durante el proceso judicial contra el periodista Romero Ellner, el ex juez del Tribunal de Sentencia, José Dimas Agüero Echenique, denunció que el vicepresidente del Consejo de la Judicatura (hoy disuelto), lo llamó y le dijo que: “el hombre ordenaba que condenaran al periodista”. Al no acatar esta decisión, Agüero Echenique fue separado del Tribunal de Sentencia y el Ministerio Público hasta la fecha no ha investigado este hecho.
“La causa del periodista está relacionada con libertad de expresión, por la naturaleza del procedimiento utilizado para la sanción y la desproporción de la pena”, expresaron las organizaciones en el pronunciamiento.
El director ejecutivo de CIPRODEH Wilfredo Méndez, manifestó que “lo que pasa con el resto de periodistas independientes es que los amenaza e inmoviliza al concretarse la pena contra David Romero, es un tema de sosobra y de salud, aún con la adversidad la gente avanza por el derecho a la libertad de expresión y de justicia”.
Sobre el mismo tema, las organizaciones de derechos humanos, expresaron su preocupación en otros casos de periodistas que han sido condenados, utilizando la figura de los delitos contra el honor. Uno de ellos es Ariel D´Vicente, de Choluteca, condenado en 2016 debido a una querella promovida por un alto oficial de la policía, que en la actualidad se encuentra prófugo de la justicia por los hechos denunciados por el periodista, y reconocidos por la Fiscalía el pasado 09 de octubre.
También el caso de Julio Ernesto Alvarado, que fue condenado en un abordaje periodístico por el “uso de palabras chocantes en un asunto de interés público”.
Méndez agregó “a mí lo que me preocupa que el gobierno ha perdido el pudor, así hay alguna persona que encarcelar o matar lo hace, eso debe elevarse al más alto nivel en organismos como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de las Naciones Unidas”.
Para Tábora, debe garantizarse “el derecho del honor en el Código Procesal Civil de una manera expedita para aquellas personas que se consideren lesionadas, y además legislar sobre el derecho de rectificación y respuesta para las personas que se vean afectadas en el abordaje periodístico”.
Cabe señalar que en el Congreso Nacional se presentó un anteproyecto de ley para despenalizar los delitos contra el honor, contemplados en la legislación penal vigente. La iniciativa fue introducida al pleno por el diputado Mario Noé Villafranca, del partido Unificación Democrática (UD).
Al finalizar C-LIBRE y CIPRODEH exigieron:
– Que el Estado de Honduras adecue la legislación penal y civil a los estándares interamericanos sobre libertad de expresión, y proponemos. La regulación sobre el honor deberá estar regulada por vía civil y en casos excepcional podría estar regulado en el código penal siempre que se contemple los criterios de proporcionalidad y estableciendo una eximente de responsabilidad penal por asuntos de interés público.
– Que el Estado de Honduras debe atender los recursos pendientes en el caso del periodista David Romero Ellner, garantizándole el debido proceso.
– Que el Ministerio Público, debe investigar la denuncia de tráfico de influencias presentada por el ex juez Dimas Agüero Echenique.
– Y, que no se consume la privación de libertad del periodista David Romero Ellner.