Tegucigalpa, Honduras (Pronunciamiento de OACNUDH).- La muerte de 360 personas bajo condiciones de custodia en la Granja Penal de Comayagua en febrero de 2012 representó una violación manifiesta a
las normas internacionales de derechos humanos. En virtud de estos hechos, el Estado de Honduras quedó jurídicamente obligado a asegurar la plena realización del derecho a la verdad, justicia, reparación y no repetición, en beneficio de las víctimas, sus familiares y de la sociedad hondureña en general, en los términos reconocidos por los estándares internacionales de derechos humanos.
Transcurridos cinco años desde aquellos lamentables hechos, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Honduras observa con preocupación que las víctimas y sus familiares continúan sin conocer en forma fehaciente las circunstancias bajo las que se produjeron los hechos, sus causas, ni las responsabilidades individuales o del sistema que concurrieron en lo sucedido, pese a las acciones tomadas por el Estado en la investigación y enjuiciamiento de algunos de los responsables inmediatos de la gestión del centro penal.
De forma similar, la Oficina observa que a la fecha tampoco han sido adoptadas por el Estado medidas adecuadas y suficientes de reforma del sistema penitenciario que aseguren la no repetición de los hechos, tal y como le es exigible no sólo para la satisfacción del derecho a la no-repetición en favor de las víctimas de la Granja Penal de Comayagua, sino en virtud de su deber de protección a la vida y la integridad de las más de 17,000 personas que permanecen actualmente bajo su custodia en los centros penitenciarios del país. Lejos de ello, muchos de los centros penitenciarios del país continúan experimentando tasas de hacinamiento y condiciones de vida incompatibles con los estándares internacionales de derechos humanos de trato a la persona privada de libertad, como advirtió el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura en su revisión del Estado de Honduras el pasado agosto de 2016 (CAT/C/HND/CO/2, disponible aquí).
Los estándares internacionales establecen que el derecho a la verdad, la justicia, la reparación y no repetición de las víctimas de violaciones a los derechos humanos es constituido por elementos interdependientes, y que su plena realización sólo puede darse cuando estos aspectos progresen en forma conjunta. Dando cumplimiento a su mandato de promover los derechos humanos de la población, la Oficina recuerda al Estado de Honduras que el convenio de entendimiento firmado en 2015 con los familiares de las víctimas para el acceso a determinadas medidas de reparación patrimonial, representa una respuesta parcial a sus obligaciones, necesitando avanzar también en la búsqueda de la verdad y la justicia, y en la reformas políticas, legales y presupuestarias necesarias para que se evite que hechos como estos vuelvan a suceder.