sábado, marzo 23, 2024
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Las Zedes: Neocolonialismo como perpetuación de la identidad nacional

Por: Jorge Alberto Villeda Bojorque

Una Zede desde una perspectiva económica es una zona especial de desarrollo de empleo que tiene como objeto la aceleración mercantil dentro de un determinado estado. El devenir del sistema neoliberal propuesto por el régimen capitalista tiene como consecuencia el desarrollo de la explotación de la propiedad con la idea de generar recursos, servicios y capital. La idea mercantilista de las Zedes se sustenta en la generación de empleos, desarrollo de infraestructura, la apertura al libre mercado y una aceleración económica mediante la inversión extranjera.

Desde el ámbito jurídico y por tanto en cuanto a la existencia de una noción formal del término una Zede, esta se regula mediante una disposición jurídica denominada “ley orgánica de las zonas de empleo y desarrollo económico de Honduras” donde se establece que las zedes son entidades autónomas e independiente para el desarrollo económico en la región.

 Algo que resulta disonante sobre las zedes es su capacidad de gestionar su propia actividad judicial como lo establece el artículo 19 de la ley antes mencionada: “Los órganos jurisdiccionales de las zede deben ejercer sus funciones de forma independiente, libre de cualquier interferencia.” Lo anterior entra en contradicción con el articulo 12 de la constitución de la republica que dice: “El Estado ejerce soberanía y jurisdicción en el espacio aéreo y en el sub-suelo de su territorio continental e insular, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental.”

Lo que enviste de carácter autónoma a un ente judicial es su territorialidad de aplicación legal que depende de la jurisdicción por una parte, y por otra su capacidad de circunscribirse a la legalidad y debido proceso, si lo anterior no es posible, no estamos ante la presencia de una corte Suprema de justicia independiente. El artículo 303 de la constitución de la republica dice:

“La potestad de impartir justicia emana del pueblo y se imparte gratuitamente en nombre del Estado, por magistrado y jueces independientes, únicamente sometidos a la Constitución y las leyes. El Poder Judicial se integra por una Corte Suprema de Justicia, por las Cortes de Apelaciones, los juzgados, por tribunales con competencia exclusiva en zonas del país sujetas a regímenes especiales creados por la Constitución de la República y además dependencia que señale la Ley.”

Las Zedes al tener tribunales especiales quebrantan las disposiciones constitucionales de la naturaleza fundamente de un poder judicial. Una fuente paralela de aplicación de normas de justicia crea una ambigüedad teórica y un despojamiento de autoridad hacia lo nacional, como en el caso de la expropiación según el artículo 28 de la ley organiza de las Zede: “Pueden declarar la expropiación por causa de utilidad o necesidad publica de lo bines que considérense necesarios…”

No solo paralelamente existen órganos jurisdiccionales sino también entidades coactivas de obediencia como ser la existencia de una  policía independiente  a la nacional, así lo estipula el artículo 22 de la ley antes señalada:  “Las zedes deben establecer sus propios órganos de seguridad interna con competencia exclusiva en la zona, incluyendo su propia policía, órganos de investigación de delito, inteligencia, persecución penal y sistema penitenciario; así como la vinculación de la estrategia de seguridad del país

El retrato jurídico antes mencionado establece algunas de las ambigüedades y contradicciones de la Zede, como también se puede señalar en el artículo 19 de la constitución de la república: “Ninguna autoridad puede celebrar o ratificar tratados u otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía e independencia de la Republica. Quien lo haga será juzgado por el delito de traición a la Patria. La responsabilidad en este caso es imprescriptible.”

Cabe señalar que los artículos constitucionales 19, 264, 329, 374 y 375 fueron reformados a fin de dar cabida dentro de un sistema legal a las Zedes, sin embargo, tal modificación fue ilegal y no sustentada ya que las reformas de este tipo solo son posibles mediante asamblea nacional Constituyente pues se está cambiando la naturaleza y esencia del estado.

La existencia de las Zedes hace resurgir una nueva forma de neocolonialismo, la cual debe de ser tipificada como una consecuencia del avance capitalista y por ende de la inserción de un modelo nacional proteccionista y benéfico al extranjero.  Por lo que: “La esencia del neocolonialismo reside en que el estado sujeto a este es oficial y formalmente independiente y soberano; no obstante, es controlado económica y políticamente desde afuera.” (Macias; 2015; 87) Lo anterior resulta ser una contradicción al principio lógico de identidad que establece desde la noción jurídica que la autonomía de un estado es su razón fundante de ser.

Históricamente Honduras ha cedido su autonomía en bastantes ocasiones al extranjero, desde la época de la republica bananera hasta la época actual del narco estado. Las Zedes son por tanto una forma de neocolonialismo que aparentan ser puntos de concentración de empleo, pero son en esencia formas de repartición de capital y recursos hacia el extranjero.

El neocolonialismo se enviste de facultad filosófica cuando involucra y acecha la identidad moral de los ciudadanos mediante su configuración de la cultura. Una Zede podrá establecer sistemas educativos como medios de adoctrinamiento, así como facultar la extensión de ideales aleatorios que se quieran asumir como axiológicamente correctos y éticamente propios.

El fracaso de las Zedes poco tiene que ver realmente con la idea capitalista promulgada por un orden político neoliberal, sino más bien tiene que ver con las condiciones en que nuestro sistema político inserta las ideas mediante un gobierno incapaz, por tanto:

“El retrato de Honduras durante los últimos diez años, denota la existencia de formas de colusión entre élites económicas y actores político-institucionales, que ha permitido complejos procesos de extracción de fondos públicos y su subsecuente redireccionamiento hacia arcas privadas Lo anterior ha conllevado a conceptualizar al Estado hondureño como un “nicho de acumulación”, lo cual implica que, si bien las riquezas sujetas a procesos de extracción y despojo terminan siendo acumuladas en arcas privadas, de previo a ello se requiere implementar estrategias y mecanismos que permitieran evadir los —mayores o menores— controles legales, y los eventuales mecanismos de fiscalización ciudadana.” (Sandi; 2019; 1)

La política en Honduras resulta ser la consecuencia de la decadencia y degeneración de la institucionalidad harta de vicios, es por tanto simple llegar a la inferencia de que una Zede seguirá los mismos principios ideológicos expuestos.

Referencias bibliográficas

Macias, Karla (2015) EL NEOCOLONIALISMO EN NUESTROS DÍAS: LA PERSPECTIVA DE LEOPOLDO ZEA,  Universitas Philosophica, 32(65), pp. 81-106. ISSN 0120-5323, ISSN en línea: 2346-2426, doi:10.11144/Javeriana.uph32-65.ncplz

Sandi, Daniel (2019) Las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), y el perfeccionamiento de los mecanismos de despojo en Honduras, Revista de Ciencias Sociales (Cr), 2020, núm. 167, Enero-Diciembre, ISSN: 0482-5276 2215-2601

Constitución de la republica de Honduras

Ley orgánica de las zonas de empleo y desarrollo económico de Honduras.

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