San Pedro Sula, Honduras (Conexihon).- Luego de nueve años de su separación por oponerse al Golpe de Estado, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) oficializó el reintegro de la magistrada Tirza Flores Lanza y el juez de sentencia Guillermo López Lone. Cumpliendo así con la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), de octubre de 2015.
A través de un comunicado conjunto, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD), mostraron su satisfacción por la incorporación de Flores como magistrada de la Corte de Apelaciones del Trabajo y a López Lone como juez del Tribunal de Sentencia, ambos de la ciudad de San Pedro Sula.
“La reincorporación a la judicatura es un mensaje de respaldo para aquellas juezas y jueces que creemos en la democracia y que estamos dispuestos a defenderla a toda costa», expresó la magistrada Tirza Flores.
López Lone y Flores Lanza fueron separados de sus cargos junto con los abogados Ramón Enrique Barrios y Luis Alonso Chévez, entre los meses de junio a septiembre del año 2010; a causa de su rechazo al Golpe de Estado contra del entonces presente Manuel Zelaya, el 28 de junio de 2009.
La magistrada reincorporada a sus labores dentro del Poder Judicial, detalló que las acciones de quienes les destituyeron “fueron ilegales y no quedaron impunes”.
En abril de 2011, el caso de los jueces y la magistrada fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Siendo de los primeros casos que admitió el organismo internacional, referentes al golpe de Estado de 2009, específicamente en el 141 Periodo de Sesiones, celebrado en la ciudad de Washington.
Siempre en el sistema regional, la CIDH elevó esta violación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en marzo de 2014 como el Caso No. 12-816 Guillermo López Lone y otros vs. Honduras.
Producto de las violaciones de derechos humanos incurridas y por la falta de voluntad política por parte del Estado hondureño para resolver el asunto, La Corte IDH sentenció al Estado en el octubre de 2015.
En su sentencia, la Corte IDH determinó que Honduras violó el derecho de libertad de expresión, derecho de reunión, derechos políticos, derecho de asociación, garantías judiciales y protección judicial, derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad y principio de legalidad, en el marco de los procesos disciplinarios realizados en contra de los jueces.
Cabe señalar que, para evaluar el cumplimiento de la sentencia en favor de los jueces y la magistrada, existió un primer acercamiento con la Procuraduría General de la República (PGR) y las víctimas.
En donde el Poder Judicial accedió a pagar las cantidades dejadas de percibir durante el tiempo que fueron expulsados de sus labores. Sin embargo, la demanda de reincorporación no fue aceptada en aquel momento por las autoridades de justicia, alegando que no contaban con las plazas iguales al puesto que laboraban para restituirles.
Es por ello que luego de la resolución del Titular de la Corte Suprema de Justicia, Rolando Argueta, tanto CEJIL como la AJD expusieron en el comunicado que este cumplimiento en favor de López Lone y Flores Lanza “da cuenta de que las personas encargadas de administrar justicia no pueden ser acusadas, perseguidas ni despedidas por la defensa de la democracia ni por ejercer sus cargos de manera independiente”.