San José, Costa Rica (Comunicado conjunto).-  El pasado 7 de junio, los estudiantes Cesario Alejandro Padilla Figueroa, Moisés David Cáceres, y Sergio Luis Ulloa Rivera fueron condenados por el delito

de usurpación, debido a que lideraron una protesta estudiantil en oposición a la modificación de algunas normas académicas en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) en el 2015.

En el 2016, diversos movimientos estudiantiles realizaron de nuevo protestas ante la falta de canales de diálogo institucionales. En este contexto, de acuerdo con el informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos (OACNUDH), correspondiente al mismo año, las autoridades universitarias denunciaron penalmente a 103 estudiantes. No obstante, este último conflicto terminó con un acuerdo entre los sectores involucrados, el cual incluía el retiro de todas las denuncias penales en contra de los y las estudiantes, sin embargo, la condena recién ocurrida demuestra que el acuerdo no se cumplió en su totalidad.

Las organizaciones firmantes expresamos nuestra preocupación por la criminalización de la protesta social en Honduras, violatoria de los derechos a la libertad de expresión y reunión, y del derecho a defender derechos humanos protegidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en otros instrumentos internacionales.

La Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señala que es “inadmisible la penalización per se de las demostraciones en la vía pública cuando se realizan en el marco del derecho a la libertad de expresión y al derecho de reunión”. Para la Relatoría “la penalización podría generar en estos casos un efecto amedrentador sobre una forma de expresión participativa de los sectores de la sociedad que no pueden acceder a otros canales de denuncia o petición”.

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha manifestado su preocupación sobre la existencia de disposiciones penales que convierten en actos criminales la simple participación en una protesta. La Corte Interamericana, por su parte, ha señalado que “en un sistema democrático es preciso extremar las precauciones para que las sanciones penales se adopten con estricto apego a su derecho básico y previo una cuidadosa verificación de la existencia de la conducta ilícita”.  

Honduras está realizando un uso indebido del derecho penal para intimidar el ejercicio del derecho a manifestarse. Exhortamos a las autoridades a cesar prácticas de criminalización y a abrir los canales de diálogo que permitan discutir las diferentes posiciones para poder llegar de esata manera a acuerdos que tengan como base el respeto y garantía de los derechos humanos.

Finalmente, respaldamos los esfuerzos que viene haciendo la OACNUDH en Honduras para fortalecer la institucionalidad y la garantía de los derechos humanos, y nos sumamos a su llamado para que en el conflicto estudiantil prevalezca el diálogo, la buena fe y se realicen todas las acciones necesarias para garantizar el derecho humano a la educación.

Organizaciones firmantes:

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH)

Fondo de Acción Urgente por los Derechos de las Mujeres (FAU-AL)

HIVOS

Plataforma Internacional contra la Impunidad

Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT)

Front Line Defenders